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Montañismo y Exploración
FORMACIÓN DE INSTRUCTORES VOLUNTARIOS

Con el crecimiento de la demanda de los deportes de montaña, una de las mayores preocupaciones es delimitar qué contenidos debe abarcar un prospecto a instructor. El siguiente documento está diseñado para los “instructores voluntarios”, es decir, para aquellos que no son profesionales.







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3 BASES COMUNES PARA LOS ESTANDARS DE LA UIAA

3.1 Como ya se señaló en el para. 2.4 de más arriba,
la Comisión de Alpinismo de la UIAA tiene mucho interés en asegurar
que cada uno de los modelos de formación se redacte y diseñe según
unas bases comunes o estándar. Este capítulo define estos elementos
comunes.

3.2 Formato Común para cada uno de los modelos estándar
(capítulos 4-7 de más abajo). Los elementos más importantes
de que comprenderá son :


  • Propósito y naturaleza del modelo.

  • Definición del modelo.

  • Edad mínima del candidato.

  • Experiencia requerida para este modelo.

  • Programa de curso, dirigido a proporcionar cursos cuya formación
    y evaluación se haya diseñado para asegurar que el candidato
    cumple plenamente los requisitos del estándar en particular en el momento
    de su evaluación.

  • Exámenes y procedimientos de evaluación.

  • La acreditación, puede ser expedida según la forma utilizada
    por la federación miembro, o en la forma del carnet equivalente de
    la UIAA en el caso de que así lo haya acordado esta federación
    con la UIAA, tal y como se dispone en los para. 2.14-16 de más arriba.

  • Requisitos de revalidación.

Estas recomendaciones, en cada caso, cubren sólo unos mínimos
de formación. Requisitos más severos o adicionales pueden ser
aplicados por cada Federación miembro según sus propias necesidades.

3.3 Requisitos comunes para los candidatos. La capacidad técnica
de cada candidato, será asegurada por :


  • Esquemas de formación y evaluación que aseguran la capacidad
    de los instructores para organizar, guiar, enseñar y asistir en las
    variadas materias relacionadas con el estándar apropiado. Y

  • Las aptitudes psíquico-físicas del instructor, los requisitos
    de valor y ético-personales, serán testificados por la Federación
    que expide la titulación.

3.4 El acceso a la formación requiere lo siguiente :


  • Edad límite : Cada país tiene en su legislación la
    edad según la cual se considera a los instructores responsables. En
    los países europeos está entre los 18 y 21 años.

  • Nominación : Los candidatos para el estándar de la UIAA serán
    nominados por su propia Federación.

  • Certificado médico indicando aptitud para la actividad, expedido
    dentro de los tres meses anteriores a la inscripción al curso.

3.5 Los candidatos deberán tener una considerable experiencia
y conocimientos previos en el apropiado nivel para la formación de que
se trate, tal y como se define en los respectivos capítulos de más
abajo.

3.6 El candidato debe tener también un conocimiento amplio de
los siguientes temas:


  • Enseñanza.

  • Dirección de grupos.

  • Habilidad física.

  • Orientación

  • Seguridad en la montaña.

  • Socorro y rescate.
  • Deberán conocer los riesgos relacionados con el área de operación
    y todas las actividades deberían planearse de tal manera que sólo
    se incluyan aquéllas para las que el instructor haya recibido un entrenamiento
    apropiado.

3.7 Debería llevarse un registro de las actividades de formación
y evaluación de los candidatos; bien en un libro de registro o en cualquier
otra forma aceptada por la Federación miembro.

3.8 Requisitos comunes para los cursos de formación. Es esencial
que la formación permita la adquisición de técnica y conocimientos
para cada respectivo estándar. Esto se controlará y medirá
mediante tests y exámenes.

3.9 La formación consistirá en uno o más cursos
prácticos que tomarán en cuenta las necesidades técnicas
generales fijadas en este capítulo, y los requisitos técnicos
específicos para cada estándar en particular tal y como se expresa
en los capítulos 4-7.

3.10 Todos los cursos se organizarán en consonancia con los acuerdos
administrativos fijados en el capítulo 2.

3.11 La Federación podrá también determinar la
frecuencia y duración de los cursos de formación.

3.12 La formación consistirá en trabajo teórico
y práctico. En todos los se dará prioridad al práctico.

3.13 Como mínimo la formación debería asegurar
que el titulado en cada respectivo estándar de la UIAA es competente
en lo siguiente :


A.- Entorno de la Montaña:


  • Geografía y Geología de las montañas.

  • Acceso a la montaña, su conservación y protección.

  • Aplicación y práctica del código de la Montaña
    de la UIAA.

B.- Temas legales y condiciones de trabajo:


  • Legislación y responsabilidades de cada país donde el titulado
    vaya a operar.

  • Conocimiento de los derechos a operar en su propio país y en otros
    en los que así lo desee..

  • Seguro, y

  • Organización de rescate.

C.- Guía de Grupo: La habilidad para dirigir al grupo incluirá
en particular:


  • Presentación de programas de actividades.

  • Organización y control del grupo.

  • Adaptación de los programas a diferentes grupos.

D.- Enseñanza.

Como un educador, el titulado del estándar de la UIAA tendrá
conocimiento de los métodos de enseñanza, que le permitirán
transmitir sus conocimientos de forma efectiva a otros, particularmente con
respecto al entorno de la montaña.

E.- Anatomía y Fisiología. Se refiere a actividades en países
montañosos, particularmente:


  • Preparación física.

  • Dieta

  • Características del ejercicio en montaña.

  • Cansancio y recuperación en la montaña.

  • El efecto de la montaña y la altitud.

  • Salud física para la actividad.

  • Hipotermia.

F.- Orientación y Navegación. Familiaridad con las técnicas
de navegación y con equipo adecuado para poder orientarse en todo tipo
de situaciones y condiciones. Las técnicas y conocimientos del titulado,
según el estándar de la UIAA, incluirán:


  • Mapas : uso de diferentes tipos y escalas de mapas, su lectura y signos
    y símbolos usados.

  • Relación mapa/terreno.

  • Habilidad para medir/estimar las distancias mapa/terreno.

  • Uso de brújulas, mapas de orientación, variaciones magnéticas

  • Navegar en condiciones de visibilidad claras.

  • Navegar usando brújula, en diferentes condiciones

  • Orientación y posición con y sin instrumentos.

  • Preparación y realización de una ruta.

G.- Tiempo. Debería tener un conocimiento fundamental del tiempo
en la montaña. Debería ser capaz de interpretar mapas meteorológicos
y pronósticos ; y de usar instrumentos básicos y signos naturales
como ayuda para pronósticos meteorológicos.

H.- Seguridad en terreno de montaña. Debería tener conocimientos
y técnicas necesarias para proteger grupos en la montaña, teniendo
en cuenta los riesgos y peligros de la montaña.

I.- Recate en la Montaña. Deberá operar sin asistencia
en lugares remotos y peligrosos, y debería:


  • Tener conocimiento del equipo de rescate en montaña apropiado
    a las actividades propuestas.

  • Tener habilidad para suministrar los primeros auxilios.

  • Ser capaz de organizar el rescate apropiado en el nivel de la actividad
    emprendida: repartiendo tareas entre los implicados, avisar a los grupos
    de rescate, helicópteros, etc. y

  • Ser capaz de usar de forma efectiva radios u otros sistemas de comunicación
    y señales necesarias (tales como las señales de peligro Alpinas).

J.- Vivac y Supervivencia. Debería ser capaz de organizar y
asegurar el bienestar de un grupo sin soporte o apoyo. En particular:


  • Vivac: Organizar e improvisar vivac para el grupo; y

  • Supervivencia: Cuidar del grupo en situaciones difíciles.

K.- Terreno nevado (donde sea aplicable).

L.- Primeros Auxilios.

M.- Organización de la Federación y de la UIAA.


3.14 Cada uno de los apartados listados en el 3.13. debería examinarse
separadamente o como parte de una valoración continuada.

3.15 Es esencial que el candidato demuestre su capacidad y conocimientos
sobre las materias señaladas anteriormente.

3.16 Todos los exámenes y tests para una formación determinada
deberán celebrarse dentro de un período de tres años.

3.17 El candidato que supere con éxito la formación operará
con responsabilidad para y desde la Federación miembro.

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