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Montañismo y Exploración
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA SOCIEDAD ESPELEOLÓGICA DE CUBA
20 abril 2006

En espeleología es deseable un comportamiento ético que abarque desde los preparativos para entrar a la caverna hasta la publicación de los resultados de las investigaciones. Estas normas éticas deberían desembocar en una mejor colaboración y aunque falta tener un código ético universal, el de Cuba es buena referencia.







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CAPÃ?TULO I

De las relaciones éticas de la Sociedad Espeleológica de Cuba con otras Sociedades afines u otras entidades científicas nacionales y extranjeras

La Sociedad Espeleológica de Cuba fomenta las relaciones fraternales con Sociedades, Asociaciones, Federaciones u otras Entidades científicas nacionales con las cuales podrá sostener acuerdos dentro del marco de lo que se estipula en las normas de relación firmadas por el Presidente de la Academia de Ciencias de Cuba y el Presidente de la Sociedad Espeleológica de Cuba. Habida cuenta este precedente, los métodos de trabajo y comunicación tendrán por base el mutuo respeto y los principios de fraternidad y cordialidad, la preservación de sus identidades respectivas, el cumplimiento de los compromisos contraídos y la búsqueda de formas de cooperación en la medida de sus facultades y posibilidades. Igual régimen ético se observará en el establecimiento de relaciones con otras entidades cuyo propósito u objeto social sea distinto del científico sensu estricto, siempre que en ello se deriven beneficios mutuos y sin contraposición de cuanto se expone en el Preámbulo.

Foto: Guillaume Pelletier

La Sociedad Espeleológica de Cuba trabaja por el establecimiento de relaciones con Sociedades, Asociaciones, Federaciones u otras Instituciones extranjeras, con objeto social semejante, reconocidas por la Unión Internacional de Espeleología, esto es, investigadores del mundo subterráneo y para ello esgrime como principio básico cuanto se recoge en el Preámbulo de este Código. El modelo de norma ética seguido por la Sociedad Espeleológica de Cuba se apoya en la Carta de Casola y las Normas �ticas de la Unión Internacional de Espeleología, en consecuencia, toda relación oficial se establece bajo los principios contenidos en este documento, dirigidos a la salvaguarda del interés por la investigación científica y sus disciplinas afines, y preservan el respeto a las costumbres, leyes, formas de gobierno, ideología e identidad nacional de cada una de las partes. Ningún acuerdo poseerá validez fuera de este marco y el establecimiento de cualquier forma de vínculo cooperativo se hará de modo oficial por las máximas instancias directivas respectivamente. La parte cubana actuará de conformidad con las obligaciones recogidas en las Normas de Relación suscritas con la Academia de Ciencias de Cuba.

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